El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ha publicado en su edición de este jueves, 30 de mayo, la “aprobación de la suspensión de tramitación y otorgamiento de licencias de edificación para nuevos usos terciarios hoteleros”, un acuerdo adoptado unánimemente por el Pleno del Ayuntamiento de Valencia en la sesión del pasado martes.
De acuerdo con esta resolución, la suspensión entra en vigor desde este jueves y se aplica a las licencias y declaraciones responsables presentadas a partir de ahora. Sin embargo, las declaraciones responsables presentadas anteriormente no se verán afectadas, siempre que se haya presentado la documentación requerida.
La suspensión no se aplicará a aquellas solicitudes de licencia autorizables presentadas después de la publicación en el DOGV, siempre y cuando cuenten con la documentación necesaria y se haya cumplido el plazo de resolución y notificación estipulado en la normativa urbanística.
El acuerdo también excluye la suspensión de inmuebles que tengan asignado el uso terciario exclusivo según el planeamiento vigente, ya que en estos casos, la implantación de dichos usos no afecta negativamente al mercado residencial ni al entorno urbano.
Adicionalmente, se excluyen los inmuebles con licencia o declaración responsable que permita el uso terciario en la primera planta, siempre que tengan o puedan tener acceso independiente desde la vía pública. Estos inmuebles no transforman viviendas existentes en nuevos alojamientos turísticos y no afectan negativamente al tejido comercial que puede continuar en la planta baja, minimizando las molestias a los residentes debido al acceso independiente.
Uso Dominante Residencial
La suspensión afecta a terrenos urbanizados cuyo uso dominante sea residencial, situados dentro del ámbito de ‘Ciutat Central’, definido por el Plan Especial de Directrices para la mejora de la Calidad Urbana de los Barrios de la Ciudad de València.
Además, también afectará a terrenos fuera del ámbito de ‘Ciutat Central’, pero con incidencia de viviendas turísticas en barrios como Benimàmet, Carpesa, Poble Nou, La Punta, El Palmar, El Saler y El Perellonet.
El texto aprobado excluye de la suspensión a los sectores urbanos o urbanizables cuyo uso principal sea terciario o industrial. También se excluyen los terrenos clasificados como suelo urbano que ya tienen una regulación específica para el uso terciario de vivienda turística según el Plan Especial de Protección de Ciutat Vella y el Plan Especial del Cabanyal-Canyamelar.
Asimismo, esta suspensión no afecta a licencias y otras actuaciones urbanísticas relacionadas con la parcelación de terrenos, obras de demolición o reformas en edificios que ya tengan autorizado el uso terciario y no impliquen alteraciones estructurales.